• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN NEIRA VAZQUEZ
  • Nº Recurso: 34/2021
  • Fecha: 20/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No concurre nulidad de actuaciones por reflejarse en la resolución recurrida una causa del archivo de la pieza de medidas provisionales, fijada por desistimiento cuando no fue así, porque ello no produce indefensión alguna por ser las partes plenamente conocedoras del real motivo de aquel archivo. Se ratifica la custodia de la hija menor del matrimonio que se disuelve por divorcio a favor de la madre por ser más beneficioso para la menor, no estimándose la custodia compartida solicitada para ser ejercida de facto por la abuela paterna. El padre no presenta plan de parentabilidad en cuanto al desarrollo y desenvolvimiento del sistema de custodia que propugna en orden a la atención y cuidados de la niña y tiene una ocupación laboral con horario a diario y en fines de semana claramente gravoso para adoptar aquel régimen. Se amplia el régimen de visitas fijado por el juzgado a dos horas del sábado alternos para establecerlo en una tarde de un día de la semana y transcurrido un mes - previo informe favorable del equipo psicosocial adscrito al Juzgado- establecerse un régimen ordinario de fines de semana alternos. Se ratifica la pensión de alimentos del padre a favor de la hija menor.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: JAVIER ALMONACID LAMELAS
  • Nº Recurso: 298/2021
  • Fecha: 17/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de la Audiencia revoca el pronunciamiento de custodia del hijo menor del matrimonio fallado por el Juzgado y se establece el régimen de custodia compartida. No es obstáculo para tal decisión que los progenitores acordarán la custodia materna en auto de medidas provisionales y que el padre haya incumplido el régimen de visitas intersemanal, dadas las recomendaciones contenidas en el informe pericial psicológico forense, mas cuando el progenitor tiene flexibilidad horaria y su puesto le permite el teletrabajo para compatibilizar los horarios de trabajo con sus necesidades personales y familiares. Concurriendo disparidad de ingresos entre los progenitores se fija a cargo del padre pensión de alimentos. Se otorga pensión compensatoria a la esposa porque durante el matrimonio ha tenido trabajos esporádicos, compatibilizando la crianza de los menores con los mismos, dedicándose en la actualidad a trabajos precarios como el cuidado de personas mayores, limitándola al plazo de dos años.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN NEIRA VAZQUEZ
  • Nº Recurso: 1314/2020
  • Fecha: 15/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En este proceso de divorcio los cónyuges llegaron a un acuerdo parcial y se establece respecto a los dos hijos menores de edad el régimen de custodia compartida. Ambos cónyuges son médicos en ejercicio. El uso de la vivienda familiar se otorga de forma alternativa a ambos por seis meses iniciando por el esposo pues en el acuerdo así lo establecieron de forma provisional a los exclusivos efectos de favorecer la negociación de las medidas en interés de los hijos; aunque el esposo percibe menos ingresos que la esposa, sin duda le permiten cubrir sus necesidades de alojamiento fuera del hogar familiar no siendo procedente asignarle el uso exclusivo de la vivienda. No procede otorgar pensión compensatoria al esposo pues no tiene como fundamento equilibrar patrimonios y aquel ha tenido actividad laboral durante el periodo de matrimonio y también tras la ruptura matrimonial.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Guadalajara
  • Ponente: SUSANA FUERTES ESCRIBANO
  • Nº Recurso: 394/2021
  • Fecha: 13/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No es nula la sentencia por incongruente cuando las medidas acordadas consecuencia del divorcio son incompatibles con las interesadas por la parte por lo que implícitamente están desestimadas. No es procedente la nulidad procesal por la denegación de preguntas en el interrogatorio dirigido al padre sin constar ninguna protesta a los efectos de poder reproducir la cuestión en la segunda instancia. Se acuerda dada la edad de la hija menor en principio un régimen de custodia materna y al cabo de nueve meses el régimen de custodia compartida que se ratifica al deber ser este el régimen general y deseable sin que el horario laboral del padre por sí solo sea impedimento para dicho régimen. Como acontece desproporción entre los ingresos de los progenitores, por ser superiores los del padre, se establece para este una pensión de alimentos. Dado que la madre ha estado incorporada al mercado laboral, y ser la vivienda titularidad de ambos cónyuges, no se atribuye el uso indefinido a la esposa, pero a tenor de las circunstancias concurrentes se alarga el plazo de atribución del uso otorgado, a dos años a contar desde la sentencia de instancia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN NEIRA VAZQUEZ
  • Nº Recurso: 100/2021
  • Fecha: 03/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia del Juzgado falla con el divorcio de los litigantes otorgando la custodia compartida sobre la hija menor del matrimonio. La madre recurre en apelación para que se le otorgue la custodia de la hija y a dicho recurso se adhiere el Ministerio Fiscal. La Audiencia Provincial modifica ese pronunciamiento en interés del menor, sustentado en dos apoyos, el informe pericial elaborado exclusivamente por la trabajadora social y el segundo en la exploración de la menor practicada en la alzada de la que se revela las carencias por parte del progenitor, no desando la niña una custodia compartida, resultando conveniente el mantenimiento de la guarda y custodia materna que proporcionará los cuidados y atenciones de la hija, como viene haciendo al no haberse llevado a cabo la ejecución de la custodia compartida. Ello determina que el uso de la vivienda conyugal se adjudica a la menor y a su progenitora y una pensión de alimentos a cargo del padre fijándose una cantidad que se acomoda a las tablas orientadoras del CGPJ.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EMELINA SANTANA PAEZ
  • Nº Recurso: 271/2021
  • Fecha: 30/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se falla el divorcio de los litigantes y se otorga a la madre la custodia de los hijos menores de edad que ya se adoptó en medidas provisionales. No se modifica tal pronunciamiento en aplicación de la regla del interés del menor, dado no solo el conflicto entre progenitores sino también por las malas relaciones entre el padre e hijos, constando una denuncia penal por malos tratos y si bien tales diligencias penales se sobreseyeron, ninguno de los hijos desea la custodia compartida. Se ratifica la pensión de alimentos a cargo del progenitor dado percibir unos elevados ingresos, tal como se estableció en medidas provisionales y el hecho de que el progenitor esté en ERTE, no puede considerarse sino como una situación provisional. Concurre un claro desequilibrio por la ruptura en la esposa y se fija pensión compensatoria si bien se eleva la cuantía por los elevados ingresos del esposo y además se establece con carácter indefinido pues aunque por edad puede trabajar, la escasa formación y nula experiencia laboral, hace imposible establecer a priori un límite temporal en el que con previsibilidad razonable pueda superar ese desequilibrio.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: ALVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE
  • Nº Recurso: 644/2020
  • Fecha: 23/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se concede la custodia compartida por considerar que en interés de la menor que acude a la escuela y presentando el padre un plan de corresponsabilidad teniendo ambos padres aptitud y actitud para la guarda no hay obstáculo para su ratificación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Elche/Elx
  • Ponente: MARCOS DE ALBA Y VEGA
  • Nº Recurso: 245/2021
  • Fecha: 09/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la sentencia del Juzgado se acuerda la disolución por divorcio del matrimonio y confiere la guarda de los dos hijos menores de edad a la madre. Este pronunciamiento es revocado por la Audiencia Provincial, pues si bien el hijo menor presenta determinados padecimientos, razón de la decisión del Juez, se obvia el informe psicológico aconsejando un régimen de custodia compartida para que los padres retomen el contacto y consolidar un modelo de relación filial adecuado, cuando se dan las circunstancias para dicho régimen y no ha quedado acreditado que los problemas de desnutrición o alimenticios del hijo menor sean imputables al padre. Dado que ambos progenitores obtienen ingresos regulares no se fija pensión de alimentos. Se mantiene un año mas desde la fecha de la sentencia de apelación el uso de la vivienda (bien ganancial) a favor de la madre.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA ELIA MATA ALBERT
  • Nº Recurso: 153/2021
  • Fecha: 03/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor se mostró conforme en la vista con la atribución a la madre de la custodia individual de los hijos, en estas condiciones, su recurso carece de fundamento. Las medidas sobre visitas en la Sentencia resultan razonables y son las que habitualmente se aplican, sin perjuicio de acuerdos. Se deja sin efecto el uso de Punto de Encuentro Familiar. Se confirma pensión de alimentos a cargo del padre de 250 euros por cada uno de los hijos. Los gastos extraordinarios de los mismos se abonarán en un 60% por el padre, y en un 40% por la madre. Desde el nacimiento del hijo mayor, la demandada no ha trabajado, careciendo de ingresos. Se trata de una dedicación a la familia durante diez años, careciendo la recurrente de cualificación profesional, periodo durante el que el actor asumió el mantenimiento de la familia. Debe valorarse la pérdida de oportunidades profesionales o económicas y se reconoce una asignación compensatoria de 200 euros mensuales, durante dos años.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: NATALIA VELILLA ANTOLIN
  • Nº Recurso: 379/2021
  • Fecha: 02/11/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Por la sentencia de divorcio se acuerda el régimen de custodia compartida respecto a los hijos del matrimonio. En cuanto al uso de la vivienda familiar no concurre un interés mas necesitado en un cónyuge frente a otro, por lo que resulta ajustado a derecho ser para ambos cónyuge por años alternos hasta la liquidación de la sociedad de gananciales. Se deja sin efecto la atribución al padre de una pensión mensual por el tiempo que no dispone de la vivienda por no ser pretensión deducida por parte alguna. No es necesario que la sentencia de divorcio se pronuncie sobre la liquidación de la sociedad de gananciales porque es una consecuencia jurídica del propio divorcio y se produce automáticamente por imperio de la ley. La separación de hecho no da lugar por sí a la extinción de la sociedad de gananciales, por lo que al caso ha de entenderse disuelta en el momento en el que se dictó la sentencia de divorcio, cuando aquella se ha producido un mes antes de la presentación de la demanda. No cabe pronunciamiento alguno en relación con la hipoteca ni con el préstamo de un vehículo, sin perjuicio de que se reclamen las cantidades que correspondan en el procedimiento ordinario correspondiente o en el procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales.

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