• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 1489/2021
  • Fecha: 02/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estiman los recursos de casación y de infracción procesal interpuestos por la parte demandada en un procedimiento de modificación de medidas en el que se cambió el sistema de guarda -de monoparental a compartida- sin audiencia de la menor. Ambos recursos se examinan de manera conjunta, al plantear cuestiones sustancialmente coincidentes. En el caso, la menor no fue oída por el juez de primera instancia. Cuando se solicitó la exploración, la menor no tenía aún 12 años, pero estaba próxima a cumplirlos. En esas circunstancias, solo cabía denegar la exploración de forma motivada, bien por no resultar necesaria, si se entendía que la menor carecía de la suficiente madurez, bien por no resultar conveniente, precisamente, en su propio interés. La Audiencia no solo obvió tal consideración, sino que, además, denegó llevar a efecto por sí misma la exploración que también se lo solicitó y cuando la menor, además, ya había cumplido los 12 años de edad. Al actuar de esa manera, la Audiencia quebrantó las normas legales contenidas en los preceptos que el recurso cita como infringidos; desatendió la jurisprudencia establecida sobre el derecho de los menores a ser oídos; y vulneró el derecho de la recurrente a la tutela judicial efectiva. Se anula la sentencia y se retrotraen las actuaciones al momento anterior al de su dictado para que, antes de resolver sobre la guarda y custodia, se haga efectivo el derecho de la menor a a ser oída y escuchada sobre el particular.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: ANTONIO MARIA RODERO GARCIA
  • Nº Recurso: 773/2021
  • Fecha: 27/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Apreciando las necesidades de los menores los ingresos de los padres y si bien tiene el padre cargas económicas importantes no son causa para no abonar cantidad que como obligación va insito en el ejercicio de su patria potestad y ello aunque la guarda y custodia sea compartida.
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
  • Municipio: Avilés
  • Ponente: JOAQUIN COLUBI MIER
  • Nº Recurso: 922/2021
  • Fecha: 13/01/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El auto analizado otorga a la madre la potestad de decidir sobre la administración de la vacuna contra Covid-19. En el auto dictado se expone el régimen jurídico aplicable en caso de discrepancia en el ejercicio de la patria potestad, distinguiendo los supuestos de custodia monoparental y custodia compartida. Expone, con más detalle el régimen jurídico aplicable distinguiendo entre actos de ejercicio ordinario y actos de ejercicio extraordinario. Y, en relación con estos últimos, incluye el supuesto sobre el que resuelve: decisión sobre la vacunación de la menor contra el Covid-19. Expone el auto recurrido las razones por las que, ante el conflicto entre los padres, se debe optar por otorgar la potestad de decidir a la madre, partidaria de la vacunación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: ANTONIO MARIA RODERO GARCIA
  • Nº Recurso: 590/2021
  • Fecha: 12/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No se estima la modificación de la atribución del uso de la vivienda porque no hay alteración sustancial de las circunstancias que concurrían cuando se pacto entre ambos tal atribución y que fue así recogida en sentencia cuyo declaración tiene efecto de cosa juzgada sin que el incumplimiento de la obligación del pago de la pensión conlleve cambio sustancial por cuanto se puede instar su ejecución.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: CARLOS LIRIO CERUELO
  • Nº Recurso: 827/2018
  • Fecha: 10/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Por la sentencia de divorcio se acuerda al régimen de custodia compartida y el mismo no es óbice para que se establezca con cargo a uno de los progenitores, en concepto de pensión de alimentos, una cuantía dineraria a favor de sus hijos, cuando sea evidente el desequilibrio existente entre ambos progenitores, como acontece en el caso presente. Tras la averiguación patrimonial y laboral de los litigantes, se acredita de manera suficiente un mayor nivel económico del padre en relación con la capacidad económica de la madre siendo las necesidades de los menores las mismas,
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
  • Nº Recurso: 5544/2020
  • Fecha: 03/01/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estiman los recursos de casación e infracción procesal interpuestos frente a una sentencia que acordó un régimen de custodia compartida, con extinción de la pensión alimenticia y con supresión de la atribución a la progenitora del uso de la vivienda familiar, que podría, no obstante, permanecer en ella hasta que se decidiera lo procedente en el procedimiento de formación de inventario, sin que dicho uso exclusivo pudiera exceder de tres meses contados desde la notificación de la sentencia. Se aprecia falta de motivación y se estima el recurso por infracción procesal, dado que el tribunal de apelación argumentó en la sentencia que el plazo de disponibilidad de la vivienda por la progenitora sería hasta la venta o hasta la liquidación de la sociedad de gananciales y, sin embargo, sin más explicaciones, en el fallo estableció que el uso exclusivo no podría exceder de tres meses. También se estima el recurso de casación, dado que los dos progenitores tienen ingresos, que ella ha mantenido hasta ahora el uso de la vivienda con sus dos hijos menores y que el progenitor, que reside con su actual pareja, solicitó, con anterioridad, que el límite al uso de dicha vivienda por su ex cónyuge se fijara en la liquidación de la sociedad de gananciales o en la venta. Por estas razones, no procede la fijación de un plazo exiguo de tres meses y la recurrente podrá mantener el uso de la vivienda familiar hasta la venta o liquidación de la sociedad de gananciales.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ
  • Nº Recurso: 441/2020
  • Fecha: 28/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la sentencia de divorcio se acuerda la guarda y custodia de la hija menor del matrimonio a favor de la madre, pronunciamiento que se ratifica por ser lo más beneficioso para aquella con apoyo en la recomendación del informe psicosocial y en virtud de lo dispuesto en el auto de medidas provisionales según lo acordaron los progenitores; resultando ser la progenitora quien atiende adecuadamente las necesidades personales y afectivas, adaptándose a su etapa evolutiva y se responsabiliza adecuadamente de su seguimiento escolar y académico. Se autoriza a la madre para el cambio de domicilio a otra población por carecer de trabajo en la zona donde vivía el matrimonio, a pesar de la búsqueda del mismo y no tener apoyos familiares. No se aprecia que tal cambio vaya a ser perjudicial para los menores. No procede atribuir uso sobre la vivienda familiar pues no constituye el domicilio familiar. Dada la evidente desigualdad de ingresos entre los esposos se fija una pensión de alimentos al progenitor. Queda justificado el desequilibrio de la esposa por el divorcio y se otorga una pensión compensatoria incrementándose su importe y el tiempo de percepción a cinco años. No cabe fijarla por tiempo indefinido, pues la esposa es relativamente joven y puede reinsertarse laboralmente y completar cotizaciones a efectos de jubilación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Elche/Elx
  • Ponente: JOSE MANUEL CALLE DE LA FUENTE
  • Nº Recurso: 621/2021
  • Fecha: 27/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia del Juzgado declarando la disolución del matrimonio confiere la guarda y custodia de la hija menor a la madre y este pronunciamiento es revocado por la Audiencia Provincial. El hecho de que desde la separación de los cónyuges haya sido la madre quien en esencia se ha venido ocupando de las necesidades de la menor tanto en su aspecto sanitario y educativo, no resulta obstáculo para acordar el régimen de custodia compartida que ha de ser el general y deseable mas cuando es en favor de la menor. La mala relación entre los progenitores en el presente caso tampoco es óbice para dicho sistema pues no consta un grado de conflictividad que determine ser improcedente tal régimen o que resulte perjudicial para la menor pues no cualquier enfrentamiento habilita para prescindir de este régimen. Se deja sin efecto la pensión de alimentos a cargo del padre y cada progenitor asume los gastos ordinarios en los periodos que corresponda.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 5053/2020
  • Fecha: 20/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda de modificación de las medidas adoptadas en juicio de divorcio. La sentencia de primera instancia desestimó la demanda, al entender que no se había producido una alteración sustancial de las circunstancias; la audiencia revocó la sentencia y fijó un régimen de custodia compartida atribuyendo a la hija el uso de la vivienda familiar, alternándose sus padres en su utilización para posibilitar el régimen de custodia con la menor. Recurre en casación la madre y la sala estima su recurso. La controversia en casación se ciñe a la atribución de la que fue vivienda familiar. La sala, tras exponer los distintos modos de funcionamiento de la custodia compartida, concluye que, en este caso, ha de descartarse el sistema de "vivienda nido", por lo que atribuye a la madre y a la hija el uso de la vivienda litigiosa en consideración de la precaria situación económica de la recurrente, además de tratarse de una vivienda de naturaleza ganancial, en la que venía conviviendo madre e hija menor; no obstante, la sala fija el límite temporal de dos años, solicitado en el recurso, a contar desde la fecha de la sentencia de casación, que coincidirá además con la mayoría de edad de la menor. Se estima la casación y se estima en parte el recurso de apelación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN NEIRA VAZQUEZ
  • Nº Recurso: 34/2021
  • Fecha: 20/12/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No concurre nulidad de actuaciones por reflejarse en la resolución recurrida una causa del archivo de la pieza de medidas provisionales, fijada por desistimiento cuando no fue así, porque ello no produce indefensión alguna por ser las partes plenamente conocedoras del real motivo de aquel archivo. Se ratifica la custodia de la hija menor del matrimonio que se disuelve por divorcio a favor de la madre por ser más beneficioso para la menor, no estimándose la custodia compartida solicitada para ser ejercida de facto por la abuela paterna. El padre no presenta plan de parentabilidad en cuanto al desarrollo y desenvolvimiento del sistema de custodia que propugna en orden a la atención y cuidados de la niña y tiene una ocupación laboral con horario a diario y en fines de semana claramente gravoso para adoptar aquel régimen. Se amplia el régimen de visitas fijado por el juzgado a dos horas del sábado alternos para establecerlo en una tarde de un día de la semana y transcurrido un mes - previo informe favorable del equipo psicosocial adscrito al Juzgado- establecerse un régimen ordinario de fines de semana alternos. Se ratifica la pensión de alimentos del padre a favor de la hija menor.

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